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El contrato social y las libertades civiles en Marruecos

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Bandera de Marruecos © Arne Hoel/Banco MundialLa primavera árabe y sus consecuencias han inspirado un vasto debate (i) sobre los contratos sociales que definieron la relación entre los ciudadanos y el Estado en el mundo árabe. Según el típico contrato social vigente en Oriente Medio o Norte de África (MENA) en el pasado, el Estado debía proporcionar a los ciudadanos empleos y servicios públicos, y también probablemente estabilidad política, a cambio de limitar las libertades civiles que podrían ser usadas para desafiar a los regímenes gobernantes. En Marruecos, la transición política ha abierto un espacio que permite incluir las libertades civiles en el debate sobre los nuevos contratos sociales. En ese país, como en muchos otros de la región, toda tentativa de ejercer plenamente las libertades civiles podía ser reprimida brutalmente por las fuerzas de seguridad y los tribunales. Las autoridades gubernamentales han violado los derechos de activistasperiodistas, e incluso raperos. Pero a muchos otros ciudadanos se les han negado sistemáticamente las libertades civiles como resultado de escasas garantías dentro del sector de la justicia.

El debate sobre la integración de las libertades civiles en el nuevo contrato social se ha centrado principalmente en la participación de los ciudadanos, examinando en gran medida el acceso a la información, la transparencia y las consultas públicas. Se ha ocupado menos de dos aspectos clave de las libertades civiles: la protección contra el abuso por parte del Estado y el derecho a un juicio justo. Antes de la primavera árabe, estas libertades eran violadas a menudo mediante arrestos y detenciones arbitrarias; tortura y otras formas de malos tratos a los detenidos; detención preventiva prolongada, y acceso restringido a la asistencia jurídica. La interferencia política en los tribunales por parte del Poder Ejecutivo no era infrecuente. Y los civiles podían ser enviados a juicio ante tribunales militares, que carecían de las garantías más elementales de justicia procesal.

En 2013, Marruecos adoptó una Carta para la Reforma del Sistema Judicial, que puso de relieve una serie de deficiencias en el ejercicio de las libertades civiles, especialmente con relación al juicio justo y el tratamiento de los detenidos. El Consejo Nacional de Derechos Humanos ha señalado la persistencia de los abusos cometidos por el personal penitenciario contra los reclusos y los malos tratos sufridos en el pasado por los menores detenidos. En el Índice 2014 de la Democracia establecido por la Unidad de Inteligencia de The Economist, el país obtuvo una baja puntuación en lo que concierne a las libertades civiles. Su puntaje más bajo en los Indicadores mundiales de buen gobierno de 2013 correspondió a Voz y rendición de cuentas, que incluye las libertades civiles. Sin embargo, en una serie de otros Indicadores mundiales de buen gobierno, que incluyen el estado de derecho y la efectividad gubernamental, su puntaje está muy por encima de la media de los países de ingreso mediano y bajo, lo que sugiere que el Gobierno puede ser eficaz cuando quiere serlo.

El Gobierno de Marruecos ha tomado medidas para mejorar las libertades civiles. La Constitución adoptada en 2011 prohibió las prácticas del arresto y la detención arbitraria, la tortura y los malos tratos. También mejoró las garantías de juicio justo y sentó las bases para la criminalización de la tortura y el arresto y la detención arbitraria. Se amplió el mandato del Consejo Nacional de Derechos Humanos para permitir controles, investigaciones, e intervenciones más proactivas en los casos de violación de las libertades civiles. La Carta para la Reforma del Sistema Judicial estableció los objetivos políticos para mejorar las garantías del juicio justo y el tratamiento de los detenidos, y para limitar el uso de la detención preventiva. En enero de 2015, se prohibió que los tribunales militares juzguen a civiles.

Estas reformas son relativamente recientes, y el grado de aplicación de las mismas sigue siendo poco claro. Sin embargo, en los últimos años, el Informe 2014 del Departamento de Estado de los Estados Unidos sobre los Derechos Humanos en Marruecos (i), el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de las Naciones Unidas (i), el Relator especial de Naciones Unidas sobre la Tortura (i), Human Rights Watch, y Amnistía Internacional han puesto de relieve las violaciones a los derechos humanos en Marruecos. Por ejemplo, el Departamento de Estado de los Estados Unidos ha mostrado que en 2014,  Marruecos continuaba con la práctica de arrestos y detenciones arbitrarias, y que recurría de manera excesiva a la detención preventiva, a menudo durante períodos más largos de lo permitido por la ley.

Es importante por varias razones garantizar que el contrato social cubra al conjunto de las libertades civiles. Las libertades civiles deben ser respetadas como una cuestión de principio jurídico. Estos derechos están bien establecidos en el derecho internacional, y garantizados en la Constitución de Marruecos y los tratados internacionales sobre derechos humanos que ha firmado. El ejercicio de las libertades civiles por los ciudadanos y su protección por los Gobiernos, es parte integral de la promoción del buen gobierno. Pero los ciudadanos no se atreven a ejercer plenamente las libertades civiles cuando las autoridades gubernamentales violan sus derechos con impunidad.

El ejercicio de las libertades civiles también está vinculado con el bienestar y la capacidad de acción del ciudadano. Los malos tratos de la policía, la cárcel o las fuerzas de seguridad socavan el bienestar, incluida la salud física y mental. Las familias de los detenidos se ven afectadas. La detención innecesaria también socava la capacidad de acción: priva a los detenidos de la capacidad de hacer elecciones y del control sobre sus vidas. Esto puede durar más allá del período de detención, por ejemplo, en términos de acceso al empleo y la educación.

La violación de las libertades civiles impone costos económicos. La detención ilegal separa a las personas del empleo y provoca dificultades financieras a nivel familiar. Esta situación es especialmente precaria en Marruecos, donde la mayoría de los detenidos son hombres y la participación en la fuerza laboral de las mujeres, especialmente las mujeres casadas, sigue siendo baja. Y gran parte de estos costos probablemente son evitables.

En Marruecos, por ejemplo, la tasa de detención preventiva (por 100 000 habitantes) es comparable con la de países como México, Brasil, Colombia, Bolivia y El Salvador, todos los cuales tienen tasas considerablemente más altas de homicidios y otros delitos violentos. Esto plantea la cuestión de si Marruecos necesita niveles tan altos de detención preventiva.

Por último, los pobres son susceptibles de sufrir de manera desproporcionada la violación de las libertades civiles. Es más probable que estén involucrados en delitos y entren en contacto con la policía, las cárceles y los tribunales. Son retenidos con mayor frecuencia en detención preventiva porque no pueden costearse la asistencia legal de un abogado, no pueden permitirse pagar sobornos o fianzas, y carecen de conexiones personales para transitar el sistema judicial. Y no pueden depender de un sistema de asistencia jurídica que funcione para garantizar el acceso a los abogados. Ese costo económico puede empujar a las personas vulnerables a la pobreza, o exacerbar las condiciones de los que ya están en ella.


Autores

Paul Prettitore

Senior Public Sector Specialist, World Bank

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