Publicado en Voces

¿Utilizar las leyes es una medida eficaz para proteger a las mujeres de la violencia?

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En un influyente artículo publicado hace casi tres décadas, Amartya Sen observó que más de 100 millones de mujeres estaban desaparecidas. A pesar de la ventaja de la esperanza de vida femenina sobre los hombres en todos los grupos de edad, la proporción de mujeres en relación con el número de varones está marcadamente sesgada en favor de los hombres en muchas partes del mundo. Este tema ha cobrado mayor importancia en el último tiempo. Durante la pandemia de COVID-19 se ha registrado un aumento de la violencia doméstica dada la permanencia de las mujeres en el hogar  (Agüero, 2021 [i]; Leslie y Wilson, 2020 [i]). Las llamadas a las líneas de ayuda se han incrementado y se ha hecho más difícil acceder a recursos jurídicos ya que se han producido retrasos significativos en los recargados sistemas legales (i). Sin embargo, en medio de todo esto, queríamos explorar una pregunta más amplia: ¿tienen las leyes un impacto en la reducción de la violencia doméstica?

El verdadero costo de la violencia doméstica es inconmensurable, y abarca consecuencias físicas y mentales que pueden repercutir durante mucho tiempo. Ha habido intentos de cuantificar estos efectos. Anderson y Ray (2010) (i) señalan que el exceso de muertes de mujeres debido a “lesiones” —en parte como resultado de la violencia doméstica— fue extremadamente alto en India en el año 2000, alcanzando a 225,000. Beleche (2019) (i) plantea que, en todas las provincias de México, la legislación que penaliza la violencia doméstica se asocia con una disminución significativa en las tasas de suicidio entre las mujeres. Se estima que el costo económico de la violencia doméstica (i) es de aproximadamente USD 4,4 billones, o 5,2 % del PIB mundial (i), una enorme suma desde cualquier punto de vista.

¿Puede la legislación contra la violencia doméstica proteger a las mujeres? Analizamos esta pregunta en nuestro reciente estudio (i) en el que se explora la relación entre la existencia de una legislación contra la violencia doméstica y la tasa de mortalidad entre mujeres y hombres en 159 economías durante un período de casi dos décadas y media (entre 1990 y 2014). Usamos datos sobre la legislación en materia de violencia doméstica incluidos en el proyecto La Mujer, la Empresa y el Derecho (WBL) (i). Siguiendo la definición de las Naciones Unidas, el WBL especifica que la violencia doméstica incluye la violencia física, la violencia emocional o sicológica, la violencia sexual, o la violencia financiera o económica. La legislación que no prevé sanciones u órdenes de protección contra la violencia doméstica no se considera que cumple los criterios para ser una ley contra la violencia doméstica.

Los datos son reveladores de dos maneras importantes. En primer lugar, tan solo en 1990, solamente cuatro países de la muestra analizada habían aprobado algún tipo de legislación para proteger a las mujeres de la violencia doméstica. Este es un dato preocupante si se tiene en cuenta que los parlamentos de muchos países habían estado legislando por más de un siglo y la protección de las mujeres no se consideraba obviamente una prioridad legal. En segundo lugar, y lo que es más alentador, el número de países que adoptaron ese tipo de legislación aumentó rápidamente y llegó a 89 en 2014. Esto se debe posiblemente, en parte, a la presión de los pares y a la adopción de varias convenciones de las Naciones Unidas por un creciente número de países.

Número de países que tienen legislación contra la violencia doméstica

Nota: Solo se incluye a los países de la muestra del estudio

La relación conceptual entre legislación contra la violencia doméstica y violencia doméstica es intuitiva, pero hay desafíos prácticos. Las mujeres con más recursos tienden a tener mejores opciones fuera de las relaciones abusivas y, por lo tanto, es más probable que abandonen a sus parejas violentas. Sobre la base de esta idea, el modelo de negociación dentro del hogar sostiene que las mujeres con mejores opciones externas en comparación con los hombres tienen “puntos de amenaza” más altos que les permiten afirmar que dejarán a sus parejas y, por lo tanto, pueden negociar un menor nivel de violencia. Planteamos que la legislación contra la violencia doméstica mejora el punto de amenaza de las mujeres, reduciendo así la violencia doméstica y la mortalidad de las mujeres en relación con los hombres. Sin embargo, esto solo es probable si se hacen cumplir las leyes, o si existe un debido proceso creíble en el que se pueda encontrar un recurso en el sistema judicial. Existen teorías, no obstante, que apuntan a lo contrario: que una mayor autonomía de las mujeres conduce a mayor violencia doméstica. Por ejemplo, Eswaran y Malhotra (2011) (i) encontraron algunas pruebas provenientes de la teoría evolutiva según las cuales una mayor autonomía femenina lleva a una “incertidumbre de paternidad”, que desencadena la inseguridad y los celos conyugales y, por lo tanto, la violencia como respuesta. Sin embargo, al aumentar el costo de infligir violencia, la legislación contra la violencia doméstica aún podría reducir la violencia contra la mujer derivada de estas formas de inseguridad masculina.

Hemos comprobado que la legislación sobre violencia doméstica es importante. Según nuestra estimación de referencia más conservadora, la legislación contra la violencia doméstica se asocia con una disminución de la tasa de mortalidad de adultos entre mujeres y hombres en aproximadamente un 2,27 %  de su valor medio. Esto se traduce en cientos de miles de vidas de mujeres que pueden ser salvadas. Uno de los principales desafíos que enfrentamos es la falta de datos sobre violencia doméstica. Esta información rara vez se recoge y, cuando se recopila, es muy escasa. Por lo tanto, de acuerdo con nuestro enfoque holístico, optamos por los datos de mortalidad dada la amplitud de la cobertura. Complementamos nuestros resultados con el análisis de datos de violencia de pareja de la Organización Mundial de la Salud (OMS) de 73 países, que se encuentran disponibles para un solo año para un país y varían entre 2000 y 2014. Confirmamos nuestra conclusión de que la legislación sobre violencia doméstica se correlaciona con una menor violencia de pareja.

Encontrar estimaciones causales con datos de panel referidos a varios países es una tarea difícil. Controlamos una gran cantidad de factores en nuestras estimaciones, como el nivel de desarrollo, el crecimiento económico, la proporción de participación femenina en la fuerza laboral y el nivel educativo, los indicadores indirectos de la salud y las tasas de fertilidad. También consideramos la calidad de las instituciones, el empoderamiento político de las mujeres, las leyes discriminatorias y el conflicto civil. También tenemos en cuenta la posibilidad de que la implementación de leyes en un momento dado tenga un efecto adicional en el futuro. Finalmente, analizamos el papel que han tenido las convenciones sobre violencia de género, como la convención de Bélem do Pará y la ratificación del Convenio de Estambul del Consejo de Europa, en la reforma de las leyes para mejorar nuestras estimaciones (técnicamente conocidas por los economistas como variables instrumentales). En otras palabras, llevamos los datos imperfectos que tenemos a sus límites más extremos para llegar a la conclusión crucial: la legislación sobre violencia doméstica es eficaz en numerosos contextos diversos.

Las mujeres constituyen aproximadamente la mitad de la población mundial. Las leyes y las instituciones que mejoran el bienestar de las mujeres merecen atención y prioridad.  Nuestra investigación indica que la existencia de legislación sobre violencia doméstica puede haber salvado muchas vidas de mujeres —tal vez millones— durante el período cubierto por nuestro análisis. Este es un logro meritorio en sí mismo que probablemente también vaya acompañado de beneficios económicos. Por supuesto, la legislación contra la violencia doméstica no es todo y se debe utilizar como uno de los muchos esfuerzos para proteger a las mujeres. Con el tiempo, las leyes que tienen como objetivo disuadir comportamientos indeseables o reforzar los efectos positivos contribuyen a cambiar las normas sociales y son, por lo tanto, una parte importante de la estrategia general para salvar vidas.


Autores

Asif Islam

Economista superior, Oficina del Economista Jefe, región de Oriente Medio y Norte de África, Banco Mundial

Augusto Lopez-Claros

Director ejecutivo, Global Governance Forum

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